Qué derechos tienes frente a una empresa de recobro
Conoce tus derechos frente a una empresa de recobro: límites de contacto, protección de datos, prescripción, negociación y cómo reclamar legalmente.
Índice
- Qué es una empresa de recobro y marco legal
- Derecho a la información y verificación de la deuda
- Límites de contacto y prohibición de acoso
- Protección de datos y ficheros de morosos
- Prescripción de deudas y errores frecuentes
- Negociación, acuerdos y quitas seguras
- Cómo reclamar formalmente frente a prácticas abusivas
- Procedimientos judiciales y cómo actuar
- Amenazas de embargo y bienes inembargables
- Preguntas frecuentes
Qué es una empresa de recobro y marco legal
Una empresa de recobro es una entidad que gestiona el cobro de deudas por encargo de un acreedor (banco, financiera, operadora, comercios, comunidades, etc.) o porque ha comprado una cartera de deudas. Su actividad está permitida, pero debe ajustarse a la ley y a estándares de diligencia profesional. En España, los derechos del deudor se apoyan en normas sobre consumo, competencia desleal, protección de datos, comunicaciones comerciales, honor e intimidad, así como en principios generales que prohíben el acoso y la coacción. En la práctica, esto significa que el recobro no puede valerse de llamadas insistentes a cualquier hora, amenazas, difusión de tu deuda a terceros o uso indebido de tus datos personales.
Es clave distinguir entre reclamación amistosa y vía judicial. La primera se limita a recordatorios y propuestas de pago; la segunda exige demanda ante los tribunales, con garantías como la notificación válida y la posibilidad de oponerte. Las empresas de recobro no son autoridad pública ni pueden embargar por sí mismas. Su función es, en esencia, intermediar para recuperar el crédito con comunicaciones lícitas y transparentes.
Idea clave: Tienes derecho a un trato respetuoso, a que te informen con claridad y a que no se vulneren tu honor ni tu privacidad. Ninguna empresa de recobro puede imponerte sanciones o embargos sin resolución judicial.
- Recobro lícito ≠ poder sancionador.
- Comunicaciones transparentes y proporcionadas.
- Respeto a la normativa de protección de datos y al derecho al honor.
Derecho a la información y verificación de la deuda
Antes de pagar o negociar, puedes exigir que la empresa de recobro acredite la existencia, cuantía y legitimación del crédito. Esto incluye el contrato original o condiciones generales aplicables, los extractos o liquidaciones con detalle de principal, intereses y comisiones, así como, si dicen haber comprado la deuda, el documento que acredite la cesión (al menos con datos que permitan verificar que tu crédito está incluido). Sin información verificable, no estás obligado a asumir cifras genéricas ni a aceptar presiones.
Solicita por escrito (idealmente por burofax o correo electrónico con acuse) la documentación y un desglose de importes. Pide además la identificación completa de la empresa (nombre social, CIF/NIF, domicilio y canales de atención). Si detectas conceptos discutibles (comisiones improcedentes, intereses abusivos, seguros no contratados), cuestiona su inclusión y exige su retirada o justificación. Este paso previene pagos indebidos y te da una base sólida para cualquier acuerdo posterior.
Checklist rápido: contrato, extractos detallados, cálculo de intereses, identidad del acreedor actual, prueba de cesión si aplica, y canales de reclamación.
- Usa comunicación escrita para dejar rastro.
- Solicita desglose y cálculos: principal, intereses, comisiones.
- No aceptes “números cerrados” sin soporte documental.
Límites de contacto y prohibición de acoso
Tienes derecho a no recibir llamadas o mensajes a horas intempestivas, a no ser contactado en tu trabajo si lo prohíbe la política interna o tú lo has indicado, y a que no se comunique tu situación de deuda a familiares, compañeros o terceros. El contacto debe ser proporcionado, respetuoso y orientado a informar o negociar, no a hostigar. Los patrones de llamadas repetitivas, el uso de números ocultos de forma sistemática, las amenazas, los mensajes intimidatorios o la simulación de documentos oficiales son prácticas ilícitas que pueden denunciarse.
Si sufres acoso, responde por escrito indicando las franjas razonables de contacto o solicitando que se limite al correo electrónico. Conserva registros: capturas, audios, listados de llamadas y copias de mensajes. Este material es útil para reclamar ante consumo, la autoridad de protección de datos si hay difusión o uso indebido de tus datos, e incluso ante los tribunales si el hostigamiento afecta a tu honor o salud.
Consejo práctico: fija por escrito tu canal preferido (correo) y horario. Cualquier exceso posterior refuerza tu prueba de acoso.
- Proporcionalidad en frecuencia y horario.
- Prohibido difundir tu deuda a terceros.
- Documenta cada incidencia: fecha, hora, número y contenido.
Protección de datos y ficheros de morosos
La empresa de recobro debe tratar tus datos conforme a la normativa de protección de datos. Esto implica licitud del tratamiento, minimización, transparencia e información sobre quién es el responsable y con qué finalidad se usan. Tienes derechos de acceso, rectificación, oposición y supresión en determinadas condiciones. Si te han incluido en un fichero de morosos, esa inclusión exige requisitos estrictos: que la deuda sea cierta, vencida y exigible; que exista un requerimiento previo de pago; y que la información sea pertinente y actualizada.
Si consideras indebida tu inclusión (deuda discutida, pagada, prescrita o inflada con conceptos impugnados), puedes ejercer derechos ante el fichero y el responsable, aportando pruebas (recibos, comunicaciones, resoluciones). La difusión injustificada de tu deuda, especialmente a terceros no implicados, puede vulnerar tu honor y dar lugar a indemnización. Asimismo, transferir tus datos sin base legal o mantenerlos más tiempo del necesario es sancionable. No dudes en exigir la política de privacidad y el origen de tus datos.
Actúa así: pide por escrito la base legal del tratamiento, el origen de los datos y, si estás en ficheros, el requerimiento previo usado para justificarlo.
- Comprueba requisitos de inclusión en ficheros.
- Ejercita derechos ARCO cuando proceda.
- Valora daños al honor por publicaciones indebidas.
Prescripción de deudas y errores frecuentes
La prescripción impide exigir judicialmente una deuda por el simple paso del tiempo si no se ha interrumpido. Los plazos varían según el origen (banca, suministros, tarjetas, honorarios, etc.) y pueden haberse interrumpido por reclamación fehaciente del acreedor o reconocimiento del deudor. Muchas empresas de recobro intentan cobrar deudas antiguas apelando a la “voluntariedad” del pago, pero el hecho de que no puedan forzar judicialmente no les habilita a presionar con tácticas agresivas ni a ocultar la prescripción.
Antes de negociar, revisa fechas exactas del último pago, del vencimiento y de cualquier comunicación fehaciente. Si aprecias prescripción, comunícala por escrito y niega el reconocimiento de deuda para evitar reactivar el cómputo. Evita acuerdos o pagos parciales si no tienes clara la situación, porque pueden interpretarse como un reconocimiento. Llevar un control cronológico y conservar correspondencia te dará seguridad a la hora de oponerte a pretensiones infundadas.
Clave práctica: no “reconozcas” la deuda sin análisis. Un simple mail aceptando “que debes algo” puede reactivar plazos.
- Identifica el tipo de deuda y su plazo aplicable.
- Verifica si hubo interrupciones válidas.
- Evita pagos parciales o acuerdos ambiguos sin asesoramiento.
Negociación, acuerdos y quitas seguras
Si decides negociar, hazlo con método. Primero, exige documentación y corrige importes discutibles. Luego, plantea tu capacidad real de pago, evitando compromisos que no puedas cumplir. Las quitas (reducciones) y fraccionamientos son habituales, sobre todo en carteras compradas con descuento. Toda oferta debe ser por escrito, con detalle de importe final, calendario, cuenta de pago y consecuencias de incumplimiento. Si se ofrece “pago único con quita”, exige carta de saldo y finiquito condicionada a la recepción efectiva del pago y la retirada de tus datos de ficheros.
Revisa cláusulas abusivas: penalizaciones desproporcionadas, cesión de datos indiscriminada o autorizaciones en blanco. Evita entregas en efectivo sin recibo o pagos a cuentas que no pertenezcan al acreedor/gestor identificado. Si hay disparidad entre lo reclamado y tus cálculos, formula contrapropuesta argumentada. Recuerda que negociar no implica reconocer la totalidad de la deuda; puedes dejar claro que el acuerdo es sin animus confitendi y por razones de economía y paz social.
Modelo útil: “Acepto abonar X € en pago único a cambio de quita del resto, carta de saldo y finiquito, y cancelación/rectificación en ficheros de morosos”.
- Todo por escrito y con identificación clara.
- Evita cláusulas abiertas o autorizaciones genéricas.
- Condiciona el pago a la emisión de carta de saldo y finiquito.
Cómo reclamar formalmente frente a prácticas abusivas
Cuando el recobro cruza líneas rojas (acoso, divulgación a terceros, importes inflados, negativa a documentar), inicia una reclamación formal. Empieza por requerimiento escrito a la empresa de recobro y, si procede, al acreedor original, detallando hechos, fechas, pruebas y lo que solicitas: cese del acoso, rectificación de importes, entrega de documentación, retirada de ficheros y abstención de contactar a terceros. Usar burofax o un correo con acuse de recibo te ayudará a probar la recepción.
En paralelo, puedes acudir a consumo (si hay condición de consumidor), a la autoridad de protección de datos si se vulneran tus derechos en materia de privacidad, y valorar acciones por intromisión ilegítima en el honor. Si recibes documentos que simulan resoluciones o notificaciones judiciales, consérvalos: podrían constituir infracción. La escalada ordenada —requerimiento, denuncias administrativas, acciones judiciales— aumenta la eficacia y transmite seriedad.
Documenta así: cronología de llamadas/mensajes, capturas, grabaciones legales, copia de cartas y acuses, y lista de testigos si los hay.
- Reclama por escrito y pide número de referencia.
- Activa vías administrativas cuando afecten tus datos u honor.
- Considera asistencia letrada para cuantificar daños y exigir cese.
Procedimientos judiciales y cómo actuar
Si pasan de la reclamación amistosa a la demanda, lo normal es un procedimiento monitorio para reclamar cantidad. Recibirás una notificación oficial del juzgado con la que podrás pagar, oponerte o guardar silencio (lo que puede acabar en ejecución). La oposición requiere motivos: inexistencia de deuda, prescripción, falta de legitimación del actor, cláusulas abusivas, cálculos erróneos o falta de documentación esencial. Aporta pruebas y pide, si procede, que se declare la nulidad de intereses y comisiones abusivas.
En juicios verbales u ordinarios, el debate es más amplio y podrás proponer prueba testifical, pericial y documental. Es importante no confundir comunicaciones privadas con notificaciones judiciales: solo las segundas generan plazos procesales. Si sospechas de una notificación, verifica a través de los canales oficiales del juzgado o sedes electrónicas. En ejecución, los embargos siguen reglas y límites: salario mínimo inembargable, tramos, bienes protegidos y respeto de cargas previas.
Punto crítico: no ignores notificaciones del juzgado. Los plazos son breves y perderlos encarece la solución.
- Monitorio: paga, negocia oponiéndote, o prepara defensa.
- Revisa legitimación y base documental de la cesión de crédito.
- Atiende a límites de embargo si llega la ejecución.
Amenazas de embargo y bienes inembargables
Una empresa de recobro no puede embargar por sí misma; solo un juzgado, tras un proceso con garantías, puede ordenar embargos. Las amenazas del tipo “mañana le embargamos la nómina” son tácticas intimidatorias si no existe un procedimiento judicial en curso. Ante mensajes de este tipo, exige por escrito el número de procedimiento y juzgado, y si no lo facilitan, consérvalo como prueba de práctica desleal.
Respecto a los bienes inembargables, la ley protege un mínimo vital: tramos del salario y pensiones, ciertos bienes necesarios para el ejercicio profesional, y en general lo estrictamente indispensable para la vida digna del deudor. Incluso cuando hay ejecución, los embargos deben respetar la proporcionalidad y el orden de prioridades. Si te embargan por encima de lo debido, puedes pedir revisión y levantamiento parcial. En paralelo, si la deuda es de consumo y arrastra intereses o comisiones abusivas, la discusión de fondo puede reducir drásticamente lo exigible.
Recuerda: sin resolución judicial no hay embargo. Exige siempre identificación del procedimiento antes de ceder a presiones.
- Embargo solo por orden judicial.
- Respeto al mínimo inembargable y a tramos.
- Impugna excesos y revisa abusividad de intereses.
Preguntas frecuentes
¿Puedo exigir que solo me contacten por correo? Sí. Puedes fijar un canal y horario razonable. Si persisten llamadas reiteradas o a terceros, documenta y reclama por acoso y vulneración de datos.
Me reclaman una deuda antigua, ¿qué hago? Pide documentación y fechas. Si está prescrita y no se interrumpió válidamente, comunícalo por escrito y evita reconocer la deuda o hacer pagos parciales.
¿Pueden decirle a mi empresa o familiares que debo dinero? No. Difundir tu deuda a terceros vulnera tu privacidad y puede afectar a tu honor. Denúncialo y pide indemnización si procede.
Me ofrecen una quita si pago hoy, ¿es seguro? Solo si consta por escrito, con importe final, plazos, cuenta verificada y carta de saldo y finiquito condicionada al pago. Evita prisas sin garantías.
¿Qué hago si recibo un monitorio? No ignores la notificación. Valora oposición por prescripción, falta de legitimación, abusividad o cálculos erróneos. Busca asesoramiento para presentar escritos en plazo.
- Exige siempre documentos antes de pagar.
- Fija por escrito tus reglas de contacto.
- Reclama ante consumo y protección de datos si vulneran tus derechos.
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