Cómo actuar si te demandan por un préstamo impagado
Guía clara para actuar si te demandan por un préstamo impagado: plazos, oposición, prueba, negociación y alternativas legales para proteger tus bienes.
Índice
- Entender la demanda y el plazo
- Comprobar si es monitorio u ordinario
- Analizar la documentación y la deuda
- Cómo redactar la oposición
- Negociar con el banco o fondo
- Riesgos: embargos y bienes inembargables
- Costes, intereses y costas procesales
- Alternativas: Ley de Segunda Oportunidad
- Errores frecuentes y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Entender la demanda y el plazo
Recibir una demanda por un préstamo impagado genera nerviosismo, pero el primer paso es identificar con precisión qué se te reclama y qué plazo tienes para responder. En España, lo normal es que el juzgado te notifique personalmente o por correo certificado. Desde la recepción, el cómputo del plazo empieza a correr en días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos). La pasividad es el mayor enemigo: si dejas pasar el plazo, el procedimiento seguirá adelante y podrías enfrentar un embargo sin haber expuesto tu defensa.
Localiza en la cédula de notificación los datos clave: juzgado, número de autos, parte demandante (banco, financiera o fondo de inversión) y tipo de procedimiento. Revisa el escrito de demanda o el requerimiento: debe adjuntar contrato, extractos, liquidaciones e información sobre intereses y comisiones. Comprueba si la cuantía coincide con tu realidad de pagos; muchas reclamaciones incorporan intereses moratorios elevados o cargos discutibles.
Tarea inmediata: anota la fecha exacta de recepción y calcula el último día para contestar. Reúne contrato, recibos, correos, burofaxes y cualquier prueba de pagos o incidencias (errores de domiciliación, ERTE, enfermedad, etc.).
Si tienes dudas sobre la validez de la notificación (por ejemplo, llegó a un domicilio antiguo), consúltalo de inmediato: la correcta notificación puede ser discutida. Actuar temprano te permite evaluar defensas (prescripción, intereses abusivos, falta de legitimación del fondo cesionario) y, si procede, abrir un canal de negociación paralelo para frenar costes.
Comprobar si es monitorio u ordinario
En reclamaciones de préstamo impagado son habituales dos vías: el procedimiento monitorio y el juicio declarativo (verbal u ordinario, según cuantía). El monitorio arranca con un requerimiento de pago basado en documentos (contrato, extractos) y te concede un plazo corto para pagar u oponerte. Si no actúas, puede transformarse en ejecución, con riesgo de embargo. Su sencillez procesal favorece a la entidad, por lo que tu decisión de oponerte —cuando existan fundamentos— es crucial.
Si la demanda ya es un declarativo, el banco te habrá presentado una demanda con hechos y fundamentos de derecho. En cuantías elevadas suele tramitarse por ordinario, con más fases (contestación, audiencia previa, prueba y juicio). Identificar el itinerario procesal determina los plazos y el modo de defensa: en monitorio, basta un escrito de oposición motivado para que el asunto pase a juicio; en ordinario, deberás presentar contestación detallada con la estrategia probatoria.
Claves prácticas:
- Monitorio: plazo breve para oponerse; si no, ejecución.
- Verbal/Ordinario: necesitas contestación estructurada y, en su caso, procurador y abogado.
- La cuantía, el tipo de contrato (préstamo, tarjeta revolving) y la prueba disponible orientan la vía.
Solicita copia íntegra del expediente si faltan documentos. Una oposición bien fundada puede reconducir el caso y abrir una negociación, reduciendo capital, intereses y costas. Determinar el tipo de procedimiento a tiempo te permite ordenar la documentación y planificar tu defensa con precisión.
Analizar la documentación y la deuda
Antes de redactar tu defensa, valida la base documental de la reclamación. Pide el contrato original, anexos, condiciones particulares y generales vigentes al firmar, así como las liquidaciones detalladas. Verifica la cadena de titularidad: si reclama un fondo, debe acreditar la cesión de crédito. Revisa el cálculo de la deuda: capital pendiente, intereses remuneratorios y moratorios, comisiones por reclamación, seguros vinculados y gastos añadidos.
Detecta cláusulas potencialmente abusivas: intereses moratorios desproporcionados, comisiones por reclamación automáticas sin gestión real, vencimiento anticipado desmedido, o tarjetas/revolving con TAE muy superior al interés medio. Comprueba también prescripción de cuotas antiguas y interrupciones válidas (burofax, demanda previa). La falta de transparencia en la comercialización, entregas de documentación incompleta o información precontractual deficiente pueden reforzar tu defensa.
Checklist documental:
- Contrato y anexos firmados.
- Extractos y cuadro de amortización completo.
- Justificantes de pagos y comunicaciones (emails, burofax).
- Prueba de cesión de crédito, si procede.
- Desglose de intereses y comisiones con método de cálculo.
Una auditoría diligente permite cuantificar la diferencia entre lo reclamado y lo realmente debido. Con esta base, podrás plantear oposición parcial (reconocer capital y discutir intereses/gastos) o total, y proponer una liquidación alternativa más favorable.
Cómo redactar la oposición
La oposición debe ser clara, ordenada y sustentada en hechos y prueba. Empieza por identificar el procedimiento, el número de autos y la parte actora. Expón un relato cronológico de la relación contractual: firma, pagos realizados, incidencias y comunicaciones. A continuación, concreta los motivos de oposición: falta o insuficiencia de documental, errores en el cálculo, intereses moratorios abusivos, cláusulas nulas por falta de transparencia, prescripción parcial de cuotas o falta de legitimación del cesionario.
Vincula cada motivo con prueba: aportación de recibos, informes periciales de liquidación, capturas de comunicaciones o testifical si procede. Si tu defensa es técnica (por ejemplo, revolving usuraria), incorpora referencias periciales de TAE y comparativa con medias de mercado del periodo. Solicita, en su caso, la inversión de la carga de la prueba sobre extremos que solo la entidad puede acreditar (p. ej., entrega de documentación precontractual).
Estructura sugerida:
- Hechos y cronología.
- Fundamentos de derecho por motivos (intereses, comisiones, cesión, prescripción).
- Prueba propuesta y documentos adjuntos.
- Súplica: desestimación total/parcial y nueva liquidación.
Una oposición bien articulada no solo defiende tu posición, también favorece un acuerdo extrajudicial con quitas significativas al evidenciar riesgos para el demandante.
Negociar con el banco o fondo
Negociar durante el proceso puede ahorrar tiempo, estrés y costes. Una estrategia eficaz combina defensa procesal y propuesta económica realista. Parte de una liquidación depurada (sin intereses o comisiones discutibles) y define tu capacidad de pago. Con fondos de inversión es habitual hallar margen de quita si demuestras solvencia limitada y solidez de tu oposición.
Plantea opciones: pago único con quita (mejor descuento), fraccionamiento con calendario y garantías razonables (sin intereses abusivos) o espera mientras se resuelve un trámite clave (por ejemplo, una pericial). Formaliza por escrito y pide que el acuerdo se incorpore al proceso para evitar sorpresas. Evita reconocer deudas infladas; negocia sobre la base que resulte de tu auditoría.
Consejos de trato:
- Mantén comunicación respetuosa y documentada (email/burofax).
- Condiciona la oferta a la retirada de la demanda o a un allanamiento parcial sin costas.
- Solicita cancelación registral y de ficheros de morosidad tras el pago.
Recuerda: un buen acuerdo equilibra tu capacidad real con el riesgo de ambas partes en juicio. La palanca es tu defensa técnica y la claridad de tus números.
Riesgos: embargos y bienes inembargables
Si la demanda prospera o no te opones a tiempo, la entidad puede ejecutar y solicitar embargos sobre cuentas, nómina, devoluciones tributarias o bienes. Conoce las prioridades y límites: el salario mínimo interprofesional y ciertos tramos están protegidos, y existen bienes inembargables (como objetos imprescindibles para tu actividad laboral, enseres básicos del hogar o algunas prestaciones). Configurar tu economía con transparencia y dentro de la legalidad reduce el impacto de un embargo.
Si te llega una diligencia de embargo, revisa que respete límites y pide al juzgado su corrección si excede lo permitido. Informa de cargas previas (hipotecas, otras ejecuciones) que condicionan la efectividad real del embargo. Controla movimientos en cuentas para evitar bloqueos sobre saldos que provienen de prestaciones protegidas y, si ocurre, solicita su liberación acreditando el origen del dinero.
Acciones preventivas:
- Planifica ingresos y pagos por canales trazables.
- Conserva justificantes del origen de fondos protegidos.
- Actualiza tu domicilio en el juzgado para notificaciones correctas.
Comprender qué es embargable y qué no te permite tomar decisiones informadas y disminuir el daño patrimonial mientras defiendes tu caso.
Costes, intereses y costas procesales
La cifra que ves en la demanda no siempre es la que terminarás pagando. Hay tres capas: principal (capital pendiente), intereses (remuneratorios y moratorios) y costas (honorarios de abogado y procurador de la contraparte si resultas condenado). Discutir los intereses moratorios desproporcionados o comisiones sin causa puede rebajar la deuda de forma notable. Además, una estimación parcial —cuando el juzgado reconoce parte de tus argumentos— puede evitar la imposición de costas o repartirlas.
Calcula escenarios: si reconoces el capital pero impugnas intereses y comisiones, cuantifica cuánto deberías pagar con una liquidación ajustada. Esto te da una ancla para negociar y un marco realista para planificar pagos. No olvides el interés procesal (desde la interposición de la demanda) y cómo puede variar según el resultado del pleito.
Buenas prácticas:
- Pide tasación de costas detallada si te las reclaman.
- Valora allanamiento parcial temprano para minimizar costes, si conviene.
- Exige transparencia en la metodología de cálculo de intereses.
Conocer cómo se forman intereses y costas te ayuda a decidir si litigar, transar o allanarte parcialmente para cerrar el conflicto al menor coste total.
Alternativas: Ley de Segunda Oportunidad
Si tu situación económica es insostenible por acumulación de deudas, evalúa la exoneración del pasivo insatisfecho mediante la Ley de Segunda Oportunidad. Este mecanismo permite cancelar deudas —incluidas bancarias y de consumo— cumpliendo requisitos de buena fe, insolvencia actual o inminente y un itinerario que puede incluir plan de pagos. Para perfiles sin patrimonio o con ingresos limitados, es una vía real para recomenzar, detener embargos y salir de ficheros de morosidad tras la exoneración.
El análisis previo es esencial: listado completo de deudas, situación laboral, bienes y cargas. Con ello, podrás decidir si conviene iniciar el procedimiento, negociar con acreedores o buscar una solución híbrida (quita extrajudicial en paralelo). En ocasiones, una defensa firme en la demanda combinada con un proceso de segunda oportunidad maximiza resultados: reduces o eliminas la deuda reclamada y resuelves el resto del pasivo.
Efectos prácticos:
- Suspensión de ejecuciones durante el trámite.
- Posible exoneración total o parcial al finalizar.
- Mejora de tu capacidad financiera futura.
Valorar esta opción a tiempo evita sostener pleitos costosos cuando no existe viabilidad económica, y orienta la estrategia global hacia la recuperación.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
El error más común es no contestar dentro de plazo. Dejar pasar el tiempo cierra puertas defensivas y abre la vía del embargo. Otro fallo típico es aceptar sin revisar liquidaciones con intereses y comisiones discutibles, pagando de más. También es frecuente negociar por teléfono sin dejar rastro escrito: los acuerdos verbales se olvidan y dificultan exigir su cumplimiento.
Evita presentar escritos genéricos: tu oposición debe estar documentada y anclada en cálculos concretos. No subestimes la importancia de la prueba: recibos, correos, justificantes de incidencias bancarias, certificados de ingresos. Si hay cesión de crédito, exige la trazabilidad de la titularidad. Finalmente, cuida tu domicilio de notificaciones: un cambio no comunicado puede dejarte fuera de juego.
Para hacerlo bien:
- Anota la fecha de notificación y calcula el último día.
- Audita la deuda y prepara una propuesta negociadora coherente.
- Comunícate por escrito y guarda confirmaciones.
- Busca asesoramiento especializado cuando la cuantía o la técnica lo aconsejen.
Con método y orden, puedes transformar una demanda en una oportunidad para cerrar el problema en mejores condiciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para oponerme? Según el procedimiento, el plazo suele ser breve y en días hábiles desde la notificación. Calcula la fecha exacta y no apures el límite.
¿Puedo reconocer parte y discutir el resto? Sí. Es común admitir capital pendiente y combatir intereses moratorios, comisiones o cálculos incorrectos. Una oposición parcial bien fundamentada puede reducir sustancialmente la cuantía.
¿Qué pasa si no contesto? El proceso avanza y puede derivar en ejecución y embargo. Perderás la oportunidad de cuestionar la deuda y de negociar en mejores términos.
¿Negociar empeora mi defensa? No, si lo haces con cautela. Negocia sobre una liquidación depurada y condiciona el acuerdo a la retirada o a un pronunciamiento que limite costas e intereses.
¿La Ley de Segunda Oportunidad me sirve? Si eres insolvente y cumples requisitos de buena fe, puede permitir la exoneración de deudas y frenar embargos. Debes estudiar tu caso completo para decidir.
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