Qué hacer si te acosan por una deuda inexistente
Si te acosan por una deuda inexistente, aprende a detener el recobro, ejercer tus derechos RGPD y borrar tus datos de ficheros de morosos paso a paso.
Índice
- Identificar el acoso por una deuda inexistente
- Primeros pasos inmediatos y control de daños
- Tus derechos legales en España frente al recobro
- Requerimiento de cese: modelo y envío
- Reclamaciones a AEPD y Consumo
- Inclusión en ficheros de morosos: como salir
- Deuda cedida y responsabilidad de las partes
- Vías civiles y penales ante conductas graves
- Gestión de llamadas y guiones seguros
- Preguntas frecuentes
Identificar el acoso por una deuda inexistente
Cuando empiezas a recibir llamadas, SMS o correos insistentes reclamando un pago que no reconoces, es clave distinguir entre un error administrativo, un intento de suplantación o prácticas de recobro agresivas. El acoso por una deuda inexistente suele caracterizarse por comunicaciones repetitivas, mensajes con tono amenazante, horarios inadecuados, contacto a terceros (familiares, empresa) o la negativa a aportar documentación que acredite el origen y la titularidad de la deuda. Identificar estos patrones desde el principio te ayudará a actuar con criterio, sin ceder a presiones ni asumir obligaciones que no existen.
La causa más habitual de estas reclamaciones es una confusión de identidad (errores en bases de datos), deudas ya pagadas que no se han actualizado, contratos nunca firmados o fraudes en altas de servicios. Solicita siempre la prueba de la deuda: contrato, extractos, cesiones y el documento que vincule tus datos con la obligación concreta. Sin prueba documental, no hay base legítima para exigir el pago. Además, recuerda que tus datos personales solo pueden tratarse con base legal; si no existe interés legítimo real o no se puede acreditar la deuda, el tratamiento puede ser ilícito.
Señales de alerta: llamadas ocultas o automáticas, amenazas de “incluirte en ASNEF” sin previo requerimiento, negativa a identificarse y ausencia de documentación. Ante cualquier indicio, detén la conversación y pide la acreditación por escrito.
Primeros pasos inmediatos y control de daños
El objetivo en las primeras 48 horas es frenar la escalada, conservar pruebas y evitar que terceros resulten afectados. No confirmes datos personales, no aceptes deudas por teléfono y no efectúes pagos “para evitar problemas”. En su lugar, solicita la documentación por escrito y registra cada contacto recibido (fecha, hora, número, resumen de lo dicho). Si la llamada es insistente, puedes colgar educadamente indicando que solo atenderás comunicaciones documentadas. Actúa con calma y método: la presión es una táctica común para forzar pagos sin base legal.
- Haz capturas de pantalla de SMS y correos; guarda audios del buzón de voz.
- Crea un archivo con todas las comunicaciones y numéralo cronológicamente.
- Solicita la identificación del agente y de la empresa de recobro en cada llamada.
- Revisa si tus datos pudieron filtrarse o usarse fraudulentamente en altas de servicios.
Tip: Activa en tu teléfono funciones de filtro y bloqueo. No bloquees todas las llamadas desde el minuto uno: primero documenta un patrón que te sirva de prueba en eventuales reclamaciones.
Tus derechos legales en España frente al recobro
En España dispones de herramientas eficaces para detener el tratamiento ilegítimo de tus datos y las prácticas de recobro abusivas. Puedes ejercer el derecho de acceso para que te faciliten la procedencia de tus datos y la base que legitima la reclamación; el derecho de oposición y, en su caso, supresión, cuando no exista prueba de la deuda o el interés legítimo sea insuficiente; y solicitar la limitación del tratamiento mientras se verifica la exactitud de la información. Asimismo, la comunicación con terceros (familia, vecinos o empresa) con fines de presión es contraria a los principios de minimización y confidencialidad.
Está prohibido el hostigamiento: llamadas reiteradas en periodos cortos, mensajes con amenazas, horarios inadecuados o la difusión de tu supuesto impago a terceros. Si una entidad no acredita la deuda y persiste, puedes acudir a la autoridad de protección de datos o a consumo. Además, la inclusión en ficheros de morosidad exige requisitos estrictos: existencia de deuda cierta, vencida, exigible, previamente reclamada y no discutida. Las deudas falsas o controvertidas no deben comunicarse a estos registros.
Recuerda: sin prueba documental válida, no pueden obligarte a pagar ni tratar tus datos con fines de recobro. Exige trazabilidad de quién tiene tus datos y por qué.
Requerimiento de cese: modelo y envío
Un requerimiento formal detiene muchas actuaciones. Debe incluir: tus datos identificativos, referencia de la reclamación (si la hay), la negativa expresa a reconocer la deuda, el ejercicio de derechos (acceso, oposición y supresión), la solicitud de cese inmediato de llamadas y comunicaciones y la exigencia de aportar la prueba documental de la deuda en 10–15 días. Advierte que, en caso contrario, presentarás reclamación ante la autoridad competente y reclamarás daños y perjuicios, incluido daño moral por inclusión indebida en ficheros.
- Medio: burofax con certificación de texto y acuse de recibo; también carta certificada o correo electrónico con firma y sellos de tiempo.
- Asunto sugerido: “Ejercicio de derechos y requerimiento de cese por reclamación de deuda inexistente”.
- Adjuntos: copias de comunicaciones recibidas, DNI ocultando dígitos no necesarios y cualquier indicio de suplantación.
Cláusula esencial: “Queda expresamente prohibido el contacto con terceros (familia, empresa) en relación con este asunto. Toda comunicación deberá ser documental y motivada”.
Reclamaciones a AEPD y Consumo
Si tras tu requerimiento continúan el acoso o se niegan a acreditar la deuda, eleva el caso. Ante protección de datos, aporta tu escrito previo, acuses de recibo, registros de llamadas y capturas. Solicita tutela de derechos y, en su caso, la apertura de actuaciones por tratamiento ilícito y comunicaciones indebidas a terceros. En Consumo (OMIC, Dirección General o Junta Arbitral si procede), denuncia prácticas comerciales agresivas, información engañosa y presión indebida. Este doble cauce suele acelerar la rectificación de bases de datos y el cese del recobro.
En paralelo, si la reclamación proviene de una entidad financiera o de servicios básicos, usa sus canales de atención al cliente y defensor del cliente, y, de ser necesario, recurre al supervisor sectorial correspondiente. Documenta cada paso: fechas, números de expediente y respuestas. La constancia y la trazabilidad de tu actuación son determinantes para una solución favorable.
Consejo práctico: ordena la evidencia en un solo PDF numerado. Facilita al instructor una línea temporal clara con anexos identificados.
Inclusión en ficheros de morosos: como salir
La inclusión en ficheros como ASNEF o BADEXCUG exige requisitos estrictos: deuda cierta, vencida, exigible, impagada y previamente reclamada; además, no debe existir controversia razonable. Si te incluyen por una deuda inexistente o discutida, solicita al responsable del fichero la cancelación inmediata y al cedente la rectificación de datos, aportando tu requerimiento previo y la falta de prueba de deuda. En caso de negativa o silencio, puedes pedir tutela de derechos ante la autoridad de protección de datos y valorar una acción de responsabilidad civil por los daños sufridos (por ejemplo, denegaciones de financiación).
- Ejercita acceso para conocer el origen de la anotación, fecha y cesiones realizadas.
- Reitera oposición y supresión por inexactitud o tratamiento ilegítimo.
- Conserva pruebas de perjuicios (ofertas denegadas, correos comerciales rechazados).
Importante: una cancelación tardía no elimina el daño ya causado. Si acreditas perjuicio real, valora reclamar indemnización por inclusión indebida.
Deuda cedida y responsabilidad de las partes
A menudo, las deudas se ceden a empresas de recobro o fondos. La cesionaria debe acreditar la cadena de titularidad y la legitimación para reclamar. Si niegas la deuda, exige la cesión completa (no solo un extracto), incluyendo tu contrato de origen y la trazabilidad de datos personales. La entidad originaria sigue obligada a mantener datos exactos y actualizados; si la deuda nunca existió o ya se pagó, responderá por la inexactitud que haya propagado al cesionario y a los ficheros de morosos.
En tu estrategia, separa dos planos: existencia y exigibilidad de la deuda (ámbito civil) y tratamiento de datos y prácticas de recobro (ámbito de protección de datos y consumo). Aunque discutas la deuda en sede civil, puedes frenar el tratamiento de tus datos si es ilícito o desproporcionado. Exige siempre los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) y dirige allí tu oposición y solicitud de supresión, con copia a atención al cliente para mayor eficacia.
Estrategia: apunta a la falta de legitimación activa del cesionario y a la inexistencia de prueba contractual con tu firma o consentimiento válido.
Vías civiles y penales ante conductas graves
Si el acoso se intensifica con amenazas, difamaciones, visitas al domicilio o al trabajo, estudia vías adicionales. En lo civil, puedes interponer demanda declarativa de inexistencia de deuda y reclamar daños y perjuicios por intromisión ilegítima en tu honor y tratamiento ilícito de datos. Solicita, si procede, medidas cautelares para evitar nuevas comunicaciones o para la retirada urgente de tus datos de ficheros.
En lo penal, conductas como amenazas, coacciones o descubrimiento y revelación de secretos pueden dar lugar a denuncia. Es esencial un registro minucioso: capturas, grabaciones legales de tus propias llamadas, testigos y documentos que demuestren la presión. Antes de judicializar, valora el coste/beneficio y si un requerimiento bien planteado o una reclamación ante autoridades puede lograr un cese más rápido. Si decides demandar, busca asistencia profesional para cuantificar el daño moral y los perjuicios económicos derivados.
Nota: la finalidad es el cese inmediato y la reparación del daño. Escoge la vía que reduzca el acoso con mayor rapidez y seguridad probatoria.
Gestión de llamadas y guiones seguros
Contestar con seguridad reduce el margen de maniobra de agentes insistentes. Evita confirmar datos sensibles y centra la conversación en la necesidad de acreditar la deuda. Practica un guion breve: identifica a tu interlocutor, solicita su número de expediente y la empresa para la que actúa, y exige comunicación documentada. Si el tono es agresivo, corta la llamada y registra el incidente. No entres en discusiones sobre importes, plazos o descuentos: sin prueba de deuda, no hay negociación válida.
- Guion base: “No reconozco esta deuda. Faciliten por escrito la documentación acreditativa y dirijan toda comunicación a mi correo. Ejercito oposición al tratamiento con fines de recobro”.
- Datos mínimos: Da solo los imprescindibles para localizar el expediente (nombre y DNI). No aportes direcciones, IBAN o nómina.
- Registro: anota fecha, hora, número llamante, nombre del agente y resumen de lo hablado.
Atajo práctico: configura respuesta automática por correo con tu requerimiento de acreditación. Ahorrarás tiempo y consolidarás pruebas.
Preguntas frecuentes
¿Debo pagar para “cerrar el expediente” si no existe prueba? No. Sin prueba documental válida, no hay base para exigir pago. Exige acreditación y cese de comunicaciones.
¿Pueden llamar a mi trabajo o a mi familia? No deben comunicar datos a terceros ni usar esa vía para presionarte. Denúncialo y deja constancia por escrito.
Me han incluido en un fichero de morosos, ¿qué hago? Solicita cancelación inmediata al fichero y al cedente, aporta pruebas y, si se niegan, pide tutela ante protección de datos y valora reclamar daños.
¿Sirve grabar las llamadas? Puedes registrar tus propias conversaciones para prueba. Conserva archivos con fecha y hora y anota un resumen.
¿Y si realmente hubo una deuda pero ya está pagada? Aporta justificantes de pago y exige rectificación; una vez acreditado, cualquier recobro posterior es improcedente y puede ser sancionable.
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